Sociedad de Responsabilidad Limitada en República Dominicana
La Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) es la forma más común y eficiente de organizar una empresa en la República Dominicana.
Las principales características de la Sociedad de Responsabilidad Limitada dominicana son:
- La empresa debe tener al menos dos (2) socios. Cada socio debe tener al menos una cuota o participación.
- La empresa debe tener una razón social, consistente en un nombre comercial sujeto a registro previo y que deberá estar precedido o seguido por las palabras Sociedad de Responsabilidad Limitada o por las siglas S.R.L.
- El capital social debe ser de un mínimo de DOP$200 (doscientos pesos dominicanos) y estará dividido en cuotas sociales con un valor mínimo de DOP$100 (cien pesos) cada una, las cuales deberán estar totalmente pagadas.
- La administración de la Sociedad de Responsabilidad Limitada estará a cargo de uno o varios gerentes. No es necesario que el gerente resida en la República Dominicana, pero se recomienda designar al menos un gerente o administrador para cumplir con las obligaciones cotidianas.
- Los socios deben reunirse en una Asamblea Ordinaria Anual una vez al año dentro de los ciento veinte (120) días siguientes al cierre del ejercicio fiscal.
- Las Asambleas Extraordinarias son aquellas que tratan sobre la modificación de los Estatutos Sociales y cuando la ley o los estatutos lo requieran.
VENTAJAS DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA EN REPÚBLICA DOMINICANA
La Sociedad de Responsabilidad Limitada en la República Dominicana (S.R.L.) es un vehículo útil tanto para negocios locales como para comercio internacional, y ofrece las siguientes características y ventajas:
- Responsabilidad Limitada: Los socios no responden personalmente por las deudas sociales, sino únicamente hasta el límite de su aporte al capital.
- Posibilidad de atraer capital mediante la emisión de nuevas cuotas o participaciones sociales.
- Actividades Comerciales: Estas sociedades pueden realizar cualquier tipo de actividad lícita, como inversiones, compra o venta de bienes y servicios, celebración de contratos, emisión de facturas y ejecución de documentos corporativos.
- Clases de Cuotas: La Asamblea General puede establecer distintas clases de cuotas con las preferencias, privilegios, derechos de voto y restricciones que se deseen.
- Gerentes: Es obligatorio que la sociedad tenga gerentes. No es necesario que sean dominicanos ni socios de la empresa, pero sí deben ser personas físicas.
- Propiedad de Activos: La S.R.L. puede poseer bienes propios, ya sean aportados por los socios o adquiridos, incluyendo bienes muebles e inmuebles tanto nacionales como internacionales.
- Libertad Cambiaria: En la República Dominicana no existen restricciones respecto a la moneda. El dólar estadounidense se intercambia libremente con el peso dominicano, así como cualquier otra divisa.
- Requisitos de Registro: La sociedad debe inscribirse en el Registro Mercantil.
- Transferencia de Cuotas: Las cuotas sociales pueden transferirse libremente entre socios, por sucesión, en caso de liquidación de la comunidad conyugal, así como entre ascendientes y descendientes conforme a lo dispuesto en los Estatutos Sociales.
Nuestros profesionales pueden asistirle en el proceso de constitución de sociedades en la República Dominicana, ayudándole a seleccionar la estructura societaria más favorable para su actividad y objetivos de negocio, así como a obtener los registros y licencias requeridos.
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SOBRE EL AUTOR: Felipe Castillo es socio líder de las áreas de Inversión Extranjera, Bienes Raíces y Turismo en Arthur & Castillo Asesores y Consultores en la República Dominicana. Se especializa en inversión extranjera, bienes raíces y negocios internacionales (Maestría en Negocios Internacionales y estudios en Finanzas y Emprendimiento en Georgetown University en Washington, D.C. y Máster en Negocios Internacionales y Comercio Electrónico en la Universitat Pompeu Fabra en Barcelona) con más de 20 años de experiencia en inversión extranjera, zonas francas, negocios internacionales y práctica inmobiliaria transfronteriza. Él es un Experto Certificado en Bancarrota Empresarial e Intérprete de los idiomas inglés y español.
Email: fcastillo@aclaw.com
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