Registro de Proveedores de Servicios Extranjeros

Los proveedores extranjeros de servicios profesionales deben registrarse y presentar sus calificaciones técnicas o profesionales como garantía, para poder operar temporalmente en la República Dominicana.

La creación de dicho registro fue decidida por el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (“Pro Consumidor”) mediante la Resolución 03-2011 del 21 de julio de 2011, en virtud del artículo 53 de la Constitución de la República Dominicana relativo a los Derechos de los Consumidores, y permitirá el registro de información de los proveedores extranjeros de servicios profesionales, la cual podrá ser divulgada a los consumidores y usuarios y a las autoridades dominicanas si fuese necesario.

El registro deberá realizarse en adición a cualquier otro requisito establecido conforme a las normas legales o reglamentarias vigentes en la República Dominicana, y servirá a la Dirección de Comercio Exterior y Administración de Tratados Comerciales (DICOEX) para evaluar de manera más efectiva el impacto de los acuerdos comerciales en el área de servicios transfronterizos.


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