Reembolso del ITBIS a Exportadores

Los exportadores que, en el desarrollo de su proceso productivo, reflejen un saldo a favor de ITBIS en sus declaraciones juradas de este impuesto, podrán obtener su reembolso o compensación, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento General 12-2022 sobre Reembolso o Compensación del ITBIS a Exportadores, emitido por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) el 18 de octubre de 2022, a saber:

  1. Estar al día con el RNC actualizado.
  2. Contar con las certificaciones de registro de ADOEXPO y PRO-Dominicana.
  3. Presentar la DUA sellada por la Dirección General de Aduanas para verificar el monto exportado (cuando así lo requiera la DGII).
  4. Haber presentado los formularios 607 incluyendo las facturas de exportación con NCF, y el formulario 606 reflejando el ITBIS soportado.
  5. Estar al día en el pago de impuestos. (La DGII podrá requerir información adicional por vía física, electrónica o mediante VOF).

La DGII tendrá un plazo de 30 días para responder a la solicitud de reembolso o compensación del exportador (vía VOF u otro medio que determine). Si la DGII no responde dentro de dicho plazo, el silencio tendrá los mismos efectos que la autorización del reembolso o compensación del ITBIS.

Por otro lado, la DGII podrá autorizar facturación sin ITBIS a los proveedores locales que vendan materias primas, materiales de empaque e insumos a exportadores que, de manera ininterrumpida, hayan exportado la totalidad de su producción dentro de los 12 meses previos a la solicitud. Esto podrá gestionarse mediante la presentación de facturas pro-forma a la DGII o a través de una autorización (por hasta un año) para proveedores recurrentes.

El Reglamento General 12-2022 sobre Reembolso o Compensación del ITBIS a Exportadores entrará en vigor 90 días después de su publicación.


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SOBRE LA AUTORA: María Arthur Rodger es socia líder de las áreas de Clientes Privados, Sucesiones e Impuestos en Arthur & Castillo Asesores y Consultores en la República Dominicana. Se especializa en servicios para clientes privados, sucesiones, asesoría fiscal, valoración y asesoría inmobiliaria (Maestría en Impuestos y estudios en Finanzas en Georgetown University en Washington, D.C. & Universitat Pompeu Fabra en Barcelona) con más de 20 años de experiencia. Ella también es Contadora Pública Autorizada (CPA), Experta Certificada en Bancarrota Empresarial e Intérprete de los idiomas inglés y español.

Email: marthur@aclaw.com

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