Reembolso del ITBIS a Exportadores
Los exportadores que, en el desarrollo de su proceso productivo, reflejen un saldo a favor de ITBIS en sus declaraciones juradas de este impuesto, podrán obtener su reembolso o compensación, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento General 12-2022 sobre Reembolso o Compensación del ITBIS a Exportadores, emitido por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) el 18 de octubre de 2022, a saber:
- Estar al día con el RNC actualizado.
- Contar con las certificaciones de registro de ADOEXPO y PRO-Dominicana.
- Presentar la DUA sellada por la Dirección General de Aduanas para verificar el monto exportado (cuando así lo requiera la DGII).
- Haber presentado los formularios 607 incluyendo las facturas de exportación con NCF, y el formulario 606 reflejando el ITBIS soportado.
- Estar al día en el pago de impuestos. (La DGII podrá requerir información adicional por vía física, electrónica o mediante VOF).
La DGII tendrá un plazo de 30 días para responder a la solicitud de reembolso o compensación del exportador (vía VOF u otro medio que determine). Si la DGII no responde dentro de dicho plazo, el silencio tendrá los mismos efectos que la autorización del reembolso o compensación del ITBIS.
Por otro lado, la DGII podrá autorizar facturación sin ITBIS a los proveedores locales que vendan materias primas, materiales de empaque e insumos a exportadores que, de manera ininterrumpida, hayan exportado la totalidad de su producción dentro de los 12 meses previos a la solicitud. Esto podrá gestionarse mediante la presentación de facturas pro-forma a la DGII o a través de una autorización (por hasta un año) para proveedores recurrentes.
El Reglamento General 12-2022 sobre Reembolso o Compensación del ITBIS a Exportadores entrará en vigor 90 días después de su publicación.
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SOBRE LA AUTORA: María Arthur Rodger es socia líder de las áreas de Clientes Privados, Sucesiones e Impuestos en Arthur & Castillo Asesores y Consultores en la República Dominicana. Se especializa en servicios para clientes privados, sucesiones, asesoría fiscal, valoración y asesoría inmobiliaria (Maestría en Impuestos y estudios en Finanzas en Georgetown University en Washington, D.C. & Universitat Pompeu Fabra en Barcelona) con más de 20 años de experiencia. Ella también es Contadora Pública Autorizada (CPA), Experta Certificada en Bancarrota Empresarial e Intérprete de los idiomas inglés y español.
Email: marthur@aclaw.com
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