Exenciones Fiscales a la Energía Renovable en República Dominicana
Los incentivos fiscales a la energía renovable en la República Dominicana están instituidos bajo la Ley 57-07 del 7 de mayo de 2007, la cual otorga a las empresas que emprendan la producción de energía renovable en territorio dominicano (“RD”) e inviertan en proyectos de producción de energía renovable, diversos incentivos fiscales y aduaneros, incluyendo:
- a) Exención del 100% de los derechos de importación para equipos, maquinarias y accesorios necesarios para la producción de energía de fuentes renovables, incluyendo equipos de transmisión, transformación e interconexión.
- b) Exención del 100% del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (“ITBIS”) para los equipos antes mencionados, así como de todo impuesto a las ventas finales.
- c) Exención del 100% del Impuesto sobre la Renta por un período de hasta diez (10) años a partir del inicio de las operaciones.
La Comisión Nacional de Energía es la entidad reguladora encargada de la aplicación de la Ley 57-07, y está facultada para evaluar y aprobar todas las solicitudes de aplicación de incentivos bajo esta Ley.
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